DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda ADMITIR el recurso de apelación interpuesto el 20 de marzo de 2013, por la profesional del derecho ALEJANDRA KUSKE A., Defensora Pública Octogésima (80) Penal, en su carácter de defensora del ciudadano LARRY JOSÉ HERRERA GONZALEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Segundo (42°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de marzo de 2013, mediante la cual "...DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano LARRY JOSÉ HERRERA GONZALEZ..., ampliamente identificado en autos anteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 ordinales (sic) 1, 2 y 3, 237 ordinales (sic) 2,3 y parágra.....