DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley RATIFICA la medida cautelar acordada en fecha veinticinco (25) de febrero de 2010, por este Juzgado, y en consecuencia a los fines de una tutela cautelar efectiva se ORDENA DE MANERA PROVISIONAL, esto es, mientras dure el presente juicio, del Instituto Autónomo de Ferrocarriles del Estado (I.A.F.E.), adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Obras Publicas y Vivienda, continué cancelándole el salario mensual correspondiente de manera provisional al ciudadano ANGEL ALFARO BECERRA, hasta tanto este Tribunal resuelva el presente recurso en su definitiva. Así se decide.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región.....