DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR, la acción TACHA DE DOCUMENTO, incoada por el ciudadano ERICK JOSE DOBRUNZ ECHEVERRIA, contra los ciudadanos MARIELA DIOMAR ARANGUREN GARCIA, JOSE HUGO ARANGUREN y WALTER BERTIN DOBRUNZ ECHEVERRIA, todos identificados suficientemente en autos. En consecuencia, PRIMERO: Se declara la falsedad de la firma y de las huellas que aparecen en el documento de préstamo y constitución de hipoteca convencional de 1er grado protocolizado por ante el Registro Publico del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 03/07/2007, bajo el N° 4, folio 24 al 29, Protocolo Primero, Tomo Segundo, Tercer Trimestre del año 2007, y la extinción de hipoteca y la venta del inmueble conforme al d.....