Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL MILITAR UNDÉCIMO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por el ciudadano Abogado Teniente Coronel LUIS JAVIER SOLORZANO GONZALEZ, Fiscal Militar Trigésimo Primero de San Cristóbal en contra del Ciudadano SOLDADO CASTEJON NOGUERA BREINER JAVIER, titular de la cédula de identidad Nº V-24.952.631, plaza de la Base Aérea "May. F. Buenaventura Vivas", quien se encontraba destacado en el Consejo de Guerra Permanente de San Cristóbal para el momento de los hechos, por la comisión del delito militar de DESERCION, previsto en los Artículos 523, 527 Ordinal 1° y sancionado en el Artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: SE ADMITE EN SU TOTALIDAD LAS PRUEBAS ofrecidas por el representante del Ministerio Publico Militar, por ser legales, licitas, pertinentes y necesarias, por el delito mi.....