este Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Ejecuta la referida decisión del Tribunal Militar Segundo de Juicio con Sede en Maracay, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 (último aparte), 479 y 531, todos del Código Orgánico Procesal Penal, de aplicación supletoria por mandato expreso de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar, procediendo a la ejecución de la referida SENTENCIA ABSOLUTORIA dictada a favor del ciudadano, ya identificado por la presunta comisión del delito de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 524 ordinal 3º y 525 del Código Orgánico de Justicia Militar, aplicable por remisión de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar, en consecuencia, se ORDENA oficiar lo conducente a la Comandancia General del Ejército A/C. Dirección de Personal; Ahora bien, por cuanto de la presente Causa se desprende que no hay bi.....