En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por PEDRO JUAN LOZANO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 22.188.739 en contra de las empresas FREDDY GONZALEZ