Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, ordena rectificar la partida de nacimiento No.322 del ciudadano JORGE ANDRES RIVAS QUINTO, asentada en 19 de Agosto de 1996, en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Parroquia San Timoteo, Municipio Baralt del Estado Zulia, en el sentido que se corrija y se anexe en su contexto lo siguiente:
1.- En su contenido donde se lee ALBERTO GIL, titular de la cédula de identidad No. V- 7.761.341 debe leerse GERSON JOSUE RANGEL BRICEÑO, titular de la cédula de identidad No. V- 11.618.555. Así se declara.
Regístrese, Publíquese. Remítase copia certificada de la presente sentencia al Registrador Civil de la Parroquia San Timoteo, Municipio Baralt d.....