DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en el Estado Mérida, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público Militar, en cuanto a que se MANTENGA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, acordada por este Tribunal Militar en fecha 25 de Agosto del 2017, en contra del ciudadano FERNANDO ALEXIS DOMINGUEZ OSUNA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.130.466, por encontrase incurso en la presunta comisión del delito Militar de ATAQUE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 501 numeral 2do. del Código Orgánico de Justicia Militar, por considerar llenos los extremos de los artículos 236 y 237, del Código Orgánico Procesal. SEGUNDO: SE ORDENA, la aplicación del procedimiento ordinario para la investigación de los hechos objeto de la presente Causa, de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del ar.....