Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, EJECUTA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal en fecha quince de junio del año dos mil diez, en el cual Condenó al ciudadano SOLDADO ELIEZER JOSUE MEZA VARGAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.598.543, plaza del Batallón de Milicia Territorial "Campaña Admirable", con domicilio y residencia en el Palmar de La Cope, Terrazas 2, Vereda 5, Casa Nº 49, Estado Táchira, perteneciente al Contingente Septiembre-2008; a cumplir la pena de dos (02) años de prisión, mas las penas accesorias contempladas en los numerales .....