D I S P O S I T I V A
Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones, de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el profesional del derecho LUIS GARBAN ZURITA, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos BORIS AGUILAR HEREDIA y VANNER AGUILAR HEREDIA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declara "SIN LUGAR la solicitud invocada por el abogado LUIS GARBAN ZURITA defensor de los ciudadanos BORIS AGUILAR HEREDIA y VANNER AGUILAR HEREDIA relativo a la convocatoria de una audiencia oral para debatir en relación a la prescripción de la acción penal", todo ello sobre la base de las consideraciones y análisis efectuados en la presente decisió.....