DISPOSITIVA
Con fuerza en los argumentos de hecho y de derecho antes expresados, ESTE TRIBUNAL MILITAR TERCERO DE CONTROL DE CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIOVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Publico Militar, relacionadas con la imposición de medidas cautelares sustitutiva de libertad, previstas en los numerales 3º y 4º del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano EX MARINERO DISTINGUIDO BLANCO RAMIREZ JOSE MANUEL, titular de la cédula de identidad Nº V-18.326.968, Ex Plaza de la Dirección de Alimentación y Comisariatos de la Armada Nacional Bolivariana, en consecuencia; a saber: Primero: Deberá presentarse cada Treinta (30) días ante este Tribunal Militar, con la finalidad de firmar el Libro de Presentaciones y si fuese un día feriado deberá presentarse un día antes, deberá traer para su próxima presentación u.....