de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Decimo de Control en contra del penado SARGENTO PRIMERO GONZÁLEZ GERALDICO LUIS, titular de la cedula de identidad N° V-18.823.804, quien fue condenado a una pena de TRES (03) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en sus numerales 1° y 2° del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política y la Separación del Servicio Activo. SEGUNDO: Este Tribunal Militar como garante del Estado para el cumplimiento del fallo emitido y a fin de asegurar el sometimiento del penado a las resultas del proceso que se le sigue, ahora en fase de ejecución, acuerda.....