En mérito de todo lo anteriormente expuesto, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de Nulidad de Sentencia de Adopción Internacional interpuesta por el ciudadano LARRY ALEXANDER GUERRERO PEÑA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 11.107.250, en su carácter de padre de la niña (Se omite su identificación de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de doce (12) años de edad, contra los ciudadanos ERIKA PIRELA GALUE, y JESUS RAMON CHACON, ambos venezolanos, Titulares de las Cédulas de identidad Nros. V-10.419.199 y V-9.717.506, respectivamente.
Publíquese, regístrese y agréguese al expediente N° .....