En razón de todos y cada uno de los argumentos anteriormente expuestos, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de regulación de competencia interpuesto por la abogada JUANITA HERNÁNDEZ DE ALONZO, en su carácter de Fiscal Centésima Décima (110°) del Ministerio Público, con competencia en materia de Protección, Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD, interpuesto por los abogados en ejercicio GABRIEL JIMÉNEZ ARAY y SIMÓN JIMÉNEZ SALAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 42.379 y 0007, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales.....