En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente explanadas esta Corte Superior Segunda del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho ejercido en fecha dieciocho (18) de diciembre de dos mil siete (2007), por el abogado GUILLERMO IRIBARREN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 116.816, quien actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SARA GELMAN BEMERGUI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-3.277.896, recurre en contra del auto de fecha diez (10) de diciembre de dos mil siete (2007), dictado en el expediente de divorcio signado con el número AP51-V-2007-009198 por la Sala de Juicio Número XII de este Circuito Judicial, a cargo de la Juez SA.....