Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO:DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 46, 49 Ordinal 7° y Artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, para el Ciudadano Ex Soldado C/2.CESAR ANDRES PELAY VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-24.611.077, plaza del 205 Grupo de Artillería de Campaña "G/J JOAQUIN CRESPO", por la comisión delos delitos militares de LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES, previsto en el artículos 576, Numeral 3º y DESOBEDIENCIA previsto en el artículos 519, Y sancionado en el articulo 520, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto la Suspensión Condicional del Proceso dictada por este Tribunal Militar en fecha 09 de Noviembredel 2016, en contra del CiudadanoEx Soldado C/2.CESAR ANDRES PELAY V.....