Decisiones del dia 05/12/2014 
				   
				 
	
				  
			 
			  
			   
			 
			
			 
			
						   
	  
	 
   
							   
			
			 
			 
			
			 
			 
			 
			
			
			
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP11-P-2014-002039  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 05/12/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Fundamentacion De Medida Cautelar Y Proced. Ordina 
					 
					
					
					  Partes:  JUEZ DE CONTROL Nº 12 ABG. JUAN CARLOS TORREALBA, SECRETARIA, DEFENSOR PUBLICO, FISCAL 11 DEL MP, IMPUTADOS MARTIN ADRIAN SUAREZ CALVO, RICARDO ANTONIO GRATEROL CASTRO Y EDIXON ALBERTO ROJAS VERGEL  
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								  Por lo antes expuesto, este Tribunal de  Control Nº 12 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: A los fines de dar cumplimiento al Art. 44 numeral 1 de la Constitución, se DECRETA LA FLAGRANCIA de la detención del ciudadano MARTIN ADRIAN SUAREZ CALVO, RICARDO ANTONIO GRATEROL CASTRO y EDIXON ALBERTO ROJAS VERGEL. SEGUNDO: SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL MUNICIPAL PARA DELITOS MENOS GRAVES.  TERCERO: Se acuerdan a favor del ciudadano MARTIN ADRIAN SUAREZ CALVO, RICARDO ANTONIO GRATEROL CASTRO y EDIXON ALBERTO ROJAS VERGEL, la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada quince (15) días, por ante este Circuito Judicial Penal. Registrese. Publíquese. Notifiquese a las partes.-
 EL JUEZ DE CONTROL Nº 12
ABG. JUAN C.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Juan Carlos Torrealba Escalona 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								ASUNTO-KP01-D-2012-000344  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 05/12/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Cesacion De La Medida De Privacion De Libertad 
					 
					
					
					  Partes:  FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEFENSA PÚBLICA: ABG. FERNANDO ESCARRA, ADOLESCENTE: (IDENTIDAD OMITIDA) 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DECISION
	
	Por todo lo expuesto, este Tribual de Ejecución  de la Sección  Penal de Adolescentes del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,  de conformidad con lo previsto en los artículos 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, decreta La Cesación  Definitiva de la Medida de Privación de  LIBERTAD al  joven (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de la extinción de la responsabilidad penal, por cumplimiento de la medida sancionatoria, como un presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz, en la causa seguida por el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes , Líbrese boleta de libertad plena la cual se hará efectiva el 07-12-2014 . Notifíquese a las partes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Gerardo Pastor Arias 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								ASUNTO-KP01-D-2013-000763  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 05/12/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Cesacion De La Medida De Privacion De Libertad 
					 
					
					
					  Partes:  FISCAL 19º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEFENSA PÚBLICA: ABG. FANNY ROMERO, ADOLESCENTE: (IDENTIDAD OMITIDA) 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DECISION
	
	Por todo lo expuesto, este Tribual de Ejecución  de la Sección  Penal de Adolescentes del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, decreta LA CESACIÓN  DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD al joven (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de la extinción de la responsabilidad penal, por cumplimiento de la medida sancionatoria, como un presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes , Líbrese boleta de libertad plena en cuanto a este asunto, quedando detenido en el asunto KP01-D-2013-1420  a la orden del Tribunal de Control n°1 de l a Secci.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Gerardo Pastor Arias 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP11-D-2014-000160  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 05/12/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Audiencia De Calificaciòn De Flagrancia 
					 
					
					
					  Partes:  JUEZ ABG. WILMER OVEDO MUJICA, SEC SALA ABG.MARILU PATIÑO,  FISCAL ABG. DULCE PICON  DEFENSA ANA ALVAREZ ADOLESCENTES RESERVADOS 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DECISION DEL TRIBUNAL
     ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL No 2 DE LA SECCIÓN PENAL ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: se declara CON  LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de las Adolescentes: RESERVADAS, por estar llenos los requisitos en relación con el Artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa y Único Aparte del Artículo 537 de la  Ley Especial, por la presunta comisión del delito LESIONES EN RIÑA CUERPO A CUERPO, previsto en el artículo 413 en concordancia con el artículo 425 del Código Penal y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Considera este Juzgador procedente la solicitud Fiscal frente a la cual manifestó su conformidad la defensa de continuar la Causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO. TERCERO: Este Tribunal acuerda imponer la medida cautelar de PRESENTACION CADA 30 DIAS, por ante la U.R.D.D Penal, .....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Wilmer Oviedo 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del L.O.P.N.A. 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
				  
				   
				
                   
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP01-R-2014-000711  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 05/12/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Admisible 
					 
					
					
					  Partes:  
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								DISPOSITIVA
	Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Sentencia, interpuesto por la Abg. Erika Maria Tousaint Morales, en su condición de Defensora Privada del ciudadano GABRIEL JOSÉ VARGAS ALVARADO, contra la decisión de fecha 11/08/2014 y fundamentada en fecha 13/08/2014, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 6 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual CONDENÓ  al  ciudadano GABRIEL JOSÉ VARGAS ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.422.358  a cumplir la pena de (15) años y (06) meses de prisión, por los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal. Y SE ACUERDA FIJAR AUDIENCIA ORAL PARA EL DÍA .....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Luis Ramon Díaz Ramírez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Corte de Apelaciones Sala 3 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP11-P-2014-001180  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 05/12/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Sentencia  Condenatoria Por Admisión De Hechos 
					 
					
					
					  Partes:  UEZ: ABG. JUAN CARLOS TORREALBA ESCALONA. SECRETARIO: ABG. LUIS RIVERO.   FISCAL 8º DEL MINISTERIO PÚBLICO: MARIA GABRIELA MORALES. ACUSADO: MIRIAN MARYORY SANTANA TORRES,DEFENSA PÚBLICA: ABG. KEYLA TINEO 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA:  
PRIMERO: CONDENA al acusado MIRIAN MARYORY SANTANA TORRES, identificado en actas, por el delito de LESIONES PERSONALES  de conformidad con el artículo 413 del Código Penal Venezolano, calculándose una pena definitiva de  CINCO (05) MESES DE PRISIÓN,  más las penas accesorias de ley de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Código Penal, librándose el respectivo acto de comunicación al Departamento de Alguacilazgo, toda vez que la presente causa debe ser remitida a loa Juzgados de Ejecución con sede en Barquisimeto; SEGUNDO: Se exonera a la parte perdedora del pago de costas procesales, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad del siste.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Juan Carlos Torrealba Escalona 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control 
						 
					 
					
			      
				  
				   
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP11-P-2014-001565  
							
						   
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
							
						   
						  
						  Fecha: 05/12/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  Sentencia  Condenatoria Por Admisión De Hechos 
					 
					
					
					  Partes:  JUEZ: ABG. JUAN CARLOS TORREALBA ESCALONA. SECRETARIO: ABG. LUIS RIVERO.   FISCAL 8º DEL MINISTERIO PÚBLICO ( SOLO POR ESTE ACTO): MARIA GABRIELA MORALES. ACUSADO: FELIX JOSE MEJIA, DEFENSA PRIVADA: ABG.  MARIA LAURA ANDUEZA 
					 
					
					  
					
						
						Resumen:  
						
								Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA:  
PRIMERO: CONDENA al acusado FELIX JOSE MEJIA, identificado en actas, por el delito de INDUCCIÓN A LA CORRUPCIÓN, previsto y sancionado en el articulo 63 de la Ley contra la corrupción, calculándose una pena definitiva de  NUEVE (9) MESES Y TRES (3) DIAS DE PRISION,  más las penas accesorias de ley de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Código Penal. Se impone la medida cautelar contenida en el articulo 242.9 del COPP, en el sentido de que deberá presentarse ante el Tribunal o la Fiscalia, las veces que fuere requerido, librándose el respectivo acto de comunicación al Departamento de Alguacilazgo, toda vez que la presente causa debe ser remitida a loa Juzgados de Ejecución con sede en Barquisimeto; SEGUNDO: Se exonera a la par.....
 
							
						 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente:  
							Juan Carlos Torrealba Escalona 
						 
					 
					  
					
						
						Organo:  
						Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control