Visto el escrito presentado por la Defensora Publica Militar Vigésima, Abogada Nieve Linda Delgado Duran, en el cual solicita la entrega LA CEDULA DE IDENTIDAD Y EL CARNET MILITAR del ciudadano SARGENTO SEGUNDO EN SITUACION DE RETIRO JOHNNATAN ADAN COY GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 16.468.168 contra quien cursa causa N° CJPM-TM3ES-006-11, por la comisión del delito de SUTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el articulo 570 ordinal 1 del Código Orgánico de Justicia Militar; por cuanto ante este Tribunal solo fue presentada compulsa respectiva, y las originales de la documentación requerida reposan en expediente llevado por el Consejo de Guerra de Maracaibo, signado bajo el N° CGMBO-007-11, se ordena: Primero: Darle entrada. Segundo: Oficiar al Consejo de Guerra de Maracaibo, a fin de solicitarle sea estudiada la posibilidad de hacer entrega a este Tribunal de LA CÉDULA DE IDENTIDAD Y EL CARNET MILITAR del ciudadano SARGENTO.....