PRIMERO: INADMISIBLE la OFERTA REAL Y DEPÓSITO, impetrada el 30 de mayo de 2017, por el profesional del derecho DENIS FRANCISCO PÉREZ AGÜERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.922.205, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 124.267, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GLADYS MARGARITA HERRERA DE MARQUEZ, LUZ MARÍA PADILLA DE MENDEZ, JOSÉ OSCAR ALTUVE ALARCON, AURISTELA CONQUISTA DE MIRANDA, LUIS JOSÉ BOVEDA PEÑA y OLINTO DE JESÚS MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 929.663, V.- 9.954.028, V.- 2.450.465, V.- 4.498.001, V.- 13.310.947 y V.- 2.628.504, respectivamente; en su condición de arrendatarios de los apartamentos: 12, 13 (PH), 2, 3, 8 y 5, respectivamente; del edificio GUÁRICO, ubicado entre las Esquinas de "Santo Tomás a Porvenir" de la Parroquia San José del Municipio Libertador del Distrito Capital; que recae en el ciudadano .....