Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: SE EJECUTA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia dictada por el Tribunal Militar Décimo tercero de Control de la fría, de fecha 21/04/2015, mediante la cual se condenó a Un (01) año, tres (03) meses, de prisión, al Sargento Primero Almarza Colina Pablo José, Titular De La Cédula De Identidad Nº V-17.250.421, por la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en el artículo 523, 527 numeral 1º y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: A partir de la presente fecha el Sargento Primero Almarza Colina Pablo José, Titular De La Cédula De Identidad Nº V-17.250.421, opta al beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena, hasta ta.....