Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Declara su competencia para conocer y decidir la apelación interpuesta el 15 de mayo de 2013 por la representación judicial de la parte actora en contra de la resolución judicial proferida el 13 de mayo de 2013 por el Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar solicitada;
SEGUNDO: Asumida la competencia por este Órgano Jurisdiccional en la causa de marras, se ordena a trámite la apelación en referencia y se fija el décimo (10º) día de despacho siguiente a la data de la presente decisión para que tenga lugar el acto de informes, de co.....