DECRETA: PRIMERO: a solicitud de parte, LA NULIDAD ABSOLUTA del auto de fecha diez de abril de dos mil siete, dictado del Tribunal Militar Sexto de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Valencia, Estado Carabobo, por falta de motivación, de conformidad con lo establecido en los artículos 173, 191, 195 y 196, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Debiendo realizarse una audiencia preliminar nueva, por un Juez distinto del mismo circuito al que produjo la decisión, en la causa seguida contra la ciudadana acusada Sargento Técnico de Tercera (AV) CARLA PATRICIA ANZOLA ARASME, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.699.657, a quien se le sigue juicio por la comisión de los delitos de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 570 del Código Orgánico de Justicia Militar y de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 568 ejusdem y al ciudadano acusado Sargento Técnico de Tercera (A.....