DECISIÓN
En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIOS Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de HABEAS DATA propuesta por la Abogada JENNIFER TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 190.477, actuando en representación del ciudadano GUSTAVO ANTONIO CASTILLO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.762.746, domiciliado en el Municipio Mara del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia en concatenación con lo dispuesto en el artículo 167 eiusdem. ASÍ SE DECIDE.-
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del asunto.