Con fuerza en la motivación precedente este Tribunal Militar Cuarto de Juicio de San Cristóbal; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano GILBERT JOSE MATOS ALDANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.517.786, de estado civil soltero, de profesión u oficio escolta; y domiciliado y residenciado en la Urbanización San Esteban, sector 3, vereda 25, casa No.3, Municipio Libertad, Puerto Cabello estado Carabobo, en virtud del procedimiento especial por admisión de los hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal; por la comisión de uno DE LOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÒN MILITAR, previsto y sancionado en el artículo 570 primer supuesto del numeral 1 del Código Orgánico de Justicia Militar, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS de PRISION más las penas accesorias establecidas en el artículo 407 numerales 1 y 4 ejusdem, como son l.....