DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, ya que del análisis se desprende que el presente petitorio se encuentra totalmente ajustado a derecho, este Tribunal Militar actuando en funciones de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal relacionada con la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD y orden de aprehensión al ciudadano INFANTE DE MARINA JOSE GREGORIO BRITO, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 17.933.373, plaza del Escuadrón Fluvial C/N ANTONIO DIAZ, SE ORDENA LA APREHENSIÓN del INFANTE DE MARINA JOSE GREGORIO BRITO, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 17.933.373, plaza del Escuadrón Fluvial C/N ANTONIO DIAZ, por la presunta comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en los artículos 523, 527 ordinal 1° y sancionado en el artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, para lo cual SE ACUERDA COMISIONAR ampliame.....