Este Tribunal Militar Duodécimo de Control de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se Revocan las Medidas Cautelares Sustitutivas del Libertad, acordadas en favor del imputado, durante la realización de la Audiencia Oral de Presentación de Imputado, conforme a lo establecido en el artículo 248 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia SE DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano EX POLICIA MILITAR DEIVINSON ANTONIO PEREZ NARANJO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.138.392, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos de la 3502 Compañía de Policía Militar "Stte. Gabriel Picón González", domiciliado en el sector el Huequito, avenida 21, casa S/N, Santa Bárbara del Zulia, por encontrarse incurso en la presunta comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en los artículos 523, 527 ordinal 1º y sancionado en el artículo 528, del Código Or.....