de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Séptimo de Control en contra de la penada SARGENTO PRIMERO MINDRIS CAROLINA COLINA DURANGA, titular de la cedula de identidad N° V- 18.479.218, a quien se le impuso una pena de DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en los numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política por el tiempo de la pena y la Separación del Servicio Activo, por estar incursa en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto en los artículos 523, 527 numeral 1 y sancionado en el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Este Tribunal Militar c.....