Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL MILITAR UNDÉCIMO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO:ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por el ciudadano Abogado Teniente CoronelLUIS JAVIER SOLORZANO GONZALEZ, Fiscal Militar Trigésimo Primero de San Cristóbal, en contra dela CiudadanaEXSARGENTO SEGUNDO MIRYAM MERCEDES HERNANDEZ FUENTES, titular de la cédula de identidad Nº V-16.981.865, plaza del 215G.A.C. "CNEL MIGUEL ANTONIO VAZQUEZ", por la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto en los Artículos 523, 527 Ordinal 1° y sancionado en el Artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar;SEGUNDO: SE ADMITE EN SU TOTALIDAD LAS PRUEBAS ofrecidas por la representante del Ministerio Publico Militar, por ser legales, licitas, pertinentes y necesarias;TERCERO: Se declara con lugar la solicitud de la Defensa Privada, en consecuencia se ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL .....