DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, ESTE TRIBUNAL MILITAR DUODÉCIMO DE CONTROL DE MÉRIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE :PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE la acusación presentada por la Vindicta Pública en fecha 30 de Mayo del 2016, en contra del S/2do YUILNIEL JOSÉ GONZÁLEZ NIÑO, titular de la cedula de identidad NRO. V-23.478.781, como Autor en la presunta comisión del Delito Militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1, ABANDONO DEL SERVICIO, previsto en el artículo 534 y sancionado en el artículo 537, NEGLIGENCIA, previsto y sancionado en el artículo 539, CONTRA LA SEGURIDAD DE LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el articulo 551 numeral 2, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; en razón de lo siguiente: A.- En lo que respecta al Delito Militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIEN.....