CONFIRMO el auto dictado por el Tribunal Militar Primero de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Caracas, Distrito Capital, de fecha ocho de mayo de dos mil siete, mediante el cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano EDGAR ALFONSO VALERO BUITRIAGO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.426.692, a quien se le imputa la comisión de los delitos de INSTIGACIÓN A DELIQUIR Y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 283, 285 y 286, todos del Código Penal.
Se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada SANDY GUEVARA.