Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO:DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 46, 49 Ordinal 7° y Artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, para el Ciudadano Ex Sargento Segundo ASDRUBAL JOSE CASTAÑEDA BARRETO, titular de la cédula de identidad N° V-20.344.724, por la comisión del delito militar de DESERCION, previsto en los artículos 523, 527 ordinal 1° y sancionado en el artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto la Suspensión Condicional del Proceso dictada por este Tribunal Militar en fecha 25 de Noviembre del 2014, en contra del Ciudadano Ex Sargento Segundo ASDRUBAL JOSE CASTAÑEDA BARRETO, titular de la cédula de identidad N° V-20.344.724.