-VII-
DISPOSITIVO
Con base a los razonamientos anteriormente expuesto, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoare el ciudadano HANDDY LAUMAR PÉREZ BIVAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-24.148.862, contra la "AGENCIA DE LOTERÍAS MIS ARROYOS 2.009 C.A", sociedad mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 16 de septiembre de 2.009, bajo el N° 37, Tomo 54-A, en consecuencia se condena a la demandada a pagar las cantidades y conceptos señalados en la parte motiva de la presente decisión más los intereses de mora y la indexación......