Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución Nº 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 493 Ejusdem., OTORGA el Beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al Penado EDUARDO JOSE ALVAREZ GOYO, titular de la cédula de identidad Nº V-22.202.059, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nació en fecha 06/02/1992, de 18 años de edad, estado Civil Soltero, Grado de Instrucción 2do Año de Bachillerato, de oficio: Mensajero, hijo Alberto Antonio Álvarez Mosquera y Milagros del Carmen Goyo domiciliado en la carrera 24 entre calles 28 y 29 Nº 28-60, Barquisimeto, Estado Lara, Teléfono 0426-8597194 (Tío), por el lapso de TRES (03) AÑOS, el cual comenzar.....