DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Segundo de Control con sede en la Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud efectuada por el Ministerio Público Militar, de imponer la Privación Judicial Preventiva de Libertad del imputado S/2 YEPEZ TORRES GUSTAVO JESUS, titular de la cédula de identidad Nº V-20.920.053, plaza del Viceministerio de Educación para la Defensa, por considerar este Tribunal Militar, en virtud de que no se encuentran llenos los extremos de los artículos 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto 523, 527 numeral 1º y sancionado en el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar SEGUNDO: Se declara CON LUGAR, la solicitud efectuada por la defensa de la imposición de una Medida Cautelar Sustituti.....