Este Tribunal Militar Décimo de Control de Maracaibo, Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de calificación de flagrancia en la detención del ciudadano imputado RAMÓN ANTONIO SOLANO CRISANTOS, titular de la cédula de identidad Nº V-19.035.281, presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de REBELION, previsto en el artículo 476, numeral 1º, en concordada relación con lo previsto en el artículo 486 numeral 4°, y sancionado en el artículo 480, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 502 eiusdem, y SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1º ibídemSEGUNDO: Se declara CON LUGAR la petición fiscal y se decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano imputado RAMÓN ANTONIO SOLAN.....