Se dictó y público sentencia definitiva N° PJ0172017000087, mediante la cual se declaró: Primero: Parcialmente con lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado Pedro Rafael Goitia Manzano contra la sentencia dictada en fecha 09/03/2017. Segundo: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado Jorge Gutiérrez Inatti contra la decisión dictado en fecha 09/03/2017. Tercero: Con lugar la confesión ficta de conformidad con el artículo 362 del CPC, en consecuencia se declara con lugar la demanda de cumplimiento de contrato. Cuarto: Se condena en costas del proceso a la parte demandada de conformidad con los artículos 274 del CPC. Quinto: Queda así modificada la sentencia recurrida. Sexto: En virtud de que no hubo vencimiento total del recurso no hay condenatoria en costas del recurso de conformidad con el Art. 281 del CPC. Así se decide.