Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL MILITAR UNDÉCIMO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por el ciudadano ABOGADO TENIENTE CORONEL LUIS JAVIER SOLORZANO GONZALEZ, en su condición de Fiscal Militar Trigésimo Primero de San Cristóbal, en contra del Ciudadano SOLDADO SANCHEZ CARACHE MARCO TULIO, titular de la cédula de identidad Nº V-19.119.852, quien es plaza para el momento en que ocurrieron los hechos de la 2001 Compañía de Comando del Cuartel General de la Zona de Defensa Integral, por la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto en los Artículos 523, 527 Ordinal 1º y sancionado en el Artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: SE ADMITE EN SU TOTALIDAD LAS PRUEBAS ofrecidas por el representante del Ministerio Publico Militar, por ser legales, licitas, pertinentes y necesarias. TERCERO: Se declara CO.....