Por las razones expuestas, este Juzgado Militar Duodecimo Control con sede en Mérida Edo Mérida, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, vista y oída la solicitud del imputado y su defensor y oída la opinión del Ministerio Publico Militar en cuanto a la admisión de los hechos y la Suspensión Condicional del Proceso, este Tribunal Militar, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 ordinales 2°, 8° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Militar de Barinas, en contra del ciudadano Ex Cabo Segundo Núñez Núñez Yuni Javier, titular de la Cédula de Identidad N° V-24.651.023, ex plaza del Batallón de Ingeniería "General en Jefe Ezequiel Zamora", por la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: Admite totalmente las pruebas ofrecidas en la ac.....