En mérito de todos y cada uno de los argumentos anteriormente expuestos esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara LA LITISPENDENCIA de la causa signada con el número AP51-V-2007-005602, relacionada con la demanda de Divorcio fundamentada en las causales segunda (2°) y tercera (3°) del artículo 185 del Código Civil Venezolano, incoada por el abogado RUBÉN EDUARDO ORTIZ CÓRDOVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.410, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CELENIA DEL CARMEN PÉREZ de RONDINEL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-3.673.135, contra el ciudadano MIGUEL ÁNGEL RONDINEL CORNEJO, venezolano, mayor de edad, de e.....