D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DUODÉCIMO DE CONTROL CON SEDE EN MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: Declara con LUGAR, la solicitud realizada por el PRIMER TENIENTE HERNAN ANTONIO VILLEGAS GUDIÑO, Fiscal Militar Trigésimo Segundo De Trujillo con Competencia Nacional; en consecuencia DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano SARGENTO SEGUNDO FERNANDO JOSE MORILLO DELGADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.196.560, plaza del 222 Batallón de Infantería Motorizada "Cnel. Luis María Rivas Dávila" con sede en Trujillo Estado Trujillo, por estar incurso en la presunta comisión del Delito Militar de DESERCION, previsto en los artículos 523, 527 numeral 1º y sancionado en el artículo 528 del Código de Justicia Militar, por considerar llenos los extremos exigidos en los artículos 236, numerales 1°, 2.....