Por la motivación precedente, este Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano MARCOS ESTEBAN MISTER contra la Juez del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de esta Circunscripción Judicial, Dra. FLOR DE MARIA BRICEÑO BAYONA.
Se impone a la parte recusante una multa de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) hoy equivalentes a Dos Bolívares Fuertes (Bs.F. 2,00) por no ser la recusación criminosa de conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, cantidad de dinero que debe ser cancelada por el recusante ante el Tribunal por ante el cual fue propuesta la recusación en la forma prevista en dicho artículo.
Asimismo en acatamiento a la sentencia con carácter vinculante de fecha 23/11/2010 dictada por la Sala Constitucional del Tribun.....