En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declara CON LUGAR la aclaratoria, y pasa a formar parte de la Decisión.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los tres (03) días del mes de Agosto de dos mil doce.- Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.-
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA JUEZ
ABOG. NELITZA CASIQUE MORA
SECRETARIA