DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado RAUL MEDINA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 112.135, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ROSMAR ANDREINA NIÑO, titular de la cedula de identidad Nº 18.223.798, interponen Acción de Amparo Constitucional, contra el ciudadano FAEZ HALLAK KILZI, titular de la cedula de identidad Nº 6.212.642, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil "ORGANIZACIÓN A.M.P., C.A.".
PUBLIQUESE, REGISTRESE, y REMITASE EL EXPEDIENTE A LA COORDINACIÓN JUDICIAL DE LOS TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
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Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Superi.....