(...)
"....Por cuanto la intención de las partes al celebrar el presente acuerdo laboral es que la misma produzca efecto de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en la Ley, ambas partes solicitan respetuosamente a Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por ante quien se celebra el acuerdo, que le imparta su homologación y que se tenga como basada en autoridad de cosa juzgada, dando así por terminado el procedimiento y ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Este Juzgado, vista que la mediación ha sido positiva, y que la misma no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público la homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA
ESTEFANÍA OROPORTE BLANCO
.....