DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara incompetente por la materia para conocer la presente causa en fase de mediación y declina su competencia en los Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.
La Juez
Abg. Milagros Jiménez
La Secretaria
Abg. Norialy Romero
"2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR"