DISPOSITIVA
Por las razones narradas con antelación, este Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control, con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, administrando Justicia y por autoridad de la ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y CONSECUENCIALMENTE EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA de conformidad con lo establecido en el articulo 46 en concordada relación con el artículo 49, numeral 7 y 300 todos del Código Orgánico Procesal Penal, seguida a los ciudadanos SOLDADO ® DANIEL RAFAEL HERNANDEZ PAEZ, titular de la cédula de identidad N° 20.556.513, SOLDADO ® EMIR ASDOC JARAJARA SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº 20.495.089 y SOLDADO ® KEINER ANTONIO GONZALEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 19.536.175, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos del 599 GADA "G/D Ascensión Farreras", autores del delito militar de INSUBORDINACIÓN previsto y sancionado en los artículos 512 ordinal 2º, 514 ordinal 2º y 515 ordinal 3º, todos del Código O.....