DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO POR EXTINCIÓN DE LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo previsto en los artículos 49 numeral 7° y 300 numeral 3°, primer supuesto, del Código Orgánico Procesal Penal, de la causa seguida en contra del CAPITÁN (R) LUÍS OWANDO ARENAS DURÁN, titular de la cédula de identidad Nº V.-2.521.662, como autor en la comisión del Delito Militar de FALSIFICACIÓN Y FALSEDAD DE DOCUMENTOS, previsto y sancionado en el artículo 568 numerales 1 y 2 y USO DE DOCUMENTO MILITAR FALSO, previsto y sancionado en el artículo 569, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se ordena EL CESE del Régimen de Prueba y de las condiciones impuestas al ciudadano CAPITÁN (R) LUÍS OWANDO ARENAS DURÁN, titular de la cédula de identidad Nº V.-2.521.662, como motivo.....