Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control de Ciudad Bolívar, actuando en Funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA signada con el N° N° 94-1225, de conformidad a lo establecido en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Guardia Nacional HERLES JOSÈ ESPINOZA INFANTE, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.841.617, plaza del Destacamento Nro. 82 de la Guardia Nacional, atendiendo a que los hechos descritos en la presente investigación guardan relación directa y encuadran en la norma penal vigente para su decreto Regístrese, Publíquese, Expídanse las copias certificadas de Ley y háganse las participaciones de rigor. HÁGASE COMO SE ORDENA.
EL JUEZ MILITAR,
PABLO GUILLERMO LABRADOR REYES
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