"...Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este JUZGADO TRIGÉSIMO SEXTO 36° DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la Oferta de Real de Pago que realizara la CAJA DE AHORRO Y PREVENCION SOCIAL DE LOS TRABAJADORES ASISTENCIALES DEL MUNICIPIO AUTONOMO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA (C.A.P.S.T.A) a la ciudadana ANA MARIN, En consecuencia, se una vez transcurra el lapso de Ley para ejercer recurso contra la presente decisión se dará por terminada la presente causa, ordenándose el cierre informático y archivo definitivo del expediente. No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo. PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA. Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Trigésimo Sexto 36° de Primera Instancia de Sustanciación, Me.....