PRIMERO: REVOCA la decisión dictada por la abogada Carmen Deisy Castro Infante, en su carácter de juez de primera instancia en función de control N° 1 de este circuito judicial penal, mediante la cual se declaró incompetente para ejecutar la decisión del juzgado primero de juicio y planteó conflicto de no conocer, conforme al artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ORDENA que el juez en función de control N° 1 de este circuito judicial penal, ejecute la decisión dictada por el juzgado primero de juicio.
TERCERO: SE ORDENA que el juez en función de control N° 1, tramite debidamente el recurso de apelación interpuesto por la abogada Yunmy Sánchez Mantilla, cursante a los folios (186 y 187).